El Consejo Nacional Electoral CNE en cumplimiento al artículo 246 de la Ley Electoral de Honduras, a través de un comunicado informó que quedan prohibidos los espectáculos públicos y el expendio, distribución y/o consumo de bebidas alcohólicas desde las seis horas (6:00) del día anterior a aquel en que debe verificarse las elecciones primarias, hasta las dieciocho horas (18:00) del día siguiente al que se llevó a cabo la misma.
Esta disposición es de aplicación en todo el territorio nacional e inicia a partir del día sábado ocho 8 de marzo, a las seis de la mañana (6:00 am) y finaliza el día lunes diez 10 de marzo de dos mil veinticinco (2025), a las seis de la tarde (6:00 pm).
Quien contravenga lo anterior será objeto de la imposición de una multa de CUATRO 4 a diez 10 salarios mínimos, informó el ente electoral.
Cortesía: Poder Popular.
CNE en cumplimiento a la Ley Electoral prohíbe espectáculos públicos y venta de bebidas alcohólicas

